A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Idear·Demandado Hidalgo Guzman Isaias Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca-antes Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Arauca- y el Juzgado 007 Administrativo de Arauca, generado por una demanda ejecutiva singular de menor cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca, IDEAR, en contra de unos ciudadanos, con el fin de que se libre mandamiento de pago por unos conceptos y valores contenidos en un pagaré que respalda un crédito otorgado por el demandante, con una garantía personal y una hipoteca con garantía real, que está insoluto.
Al revisar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se satisface el presupuesto objetivo, por lo tanto, no se configura un conflicto tal naturaleza.
Tal situación, debido a que el Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Arauca (hoy el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca) adelantó las siguientes actuaciones: libró mandamiento de pago en contra de los demandados; aprobó la liquidación del crédito elaborada por la parte demandante; aprobó la liquidación en costas y agencias de derecho, que no fueron objetadas por los demandados.
En consecuencia, el proceso ejecutivo singular de menor cuantía promovido culminó su objeto y las causas que lo originaron y la pretensión no subsisten.
La Sala Plena se declara inhibida para decidir el presente asunto y ordena remitir el expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 007 Administrativo de Arauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6638 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.